
Estimado Usuario:
Le informamos los tránsitos efectuados por Costanera Norte sin contar con un medio de pago habilitado (Televía/TAG oPase Diario).
¿Quiénes son infractores?
Todos los vehículos que circulan por una autopista urbana sin un Televía/TAG habilitado o un Pase Diario Único PDU o un Pase Diario Único Tardío PDUT infringen la Ley de Tránsito 18.290 (Artículo 114).
¿Cómo se cursa la infracción?
La concesionaria debe informar al Ministerio de Obras Públicas (MOP) todos los tránsitos realizados sin un medio de pago habilitado. Es el MOP quien informa al Municipio respectivo la infracción de tránsito. Si usted cancela la multa oportunamente en el Municipio obtendrá una rebaja del 30%. De lo contrario la infracción será derivada al Juzgado de Policía Local, quien le aplicará la multa definitiva sin rebaja alguna.
¿Si regularizo el pago de los peajes me libero del pago de la multa?
El pago de los peajes en la(s) concesionaria(s), no lo exime del pago de la infracción de tránsito. Siempre debe cancelar ambas.
Si me multaron porque mi Televía/TAG fue inhabilitado por deuda ¿Cómo puedo volver habilitarlo?
Debe cancelar la deuda impaga que mantenga con la concesionaria que inhabilitó el Televía/TAG. Solo una vez regularizado el pago, el Televía/TAG será nuevamente habilitado evitando futuras infracciones.
Importante:
Consulte sus tránsitos efectuados sin medio de pago habilitado en las demás autopistas: